Pese a la masiva movilización nacional en defensa de la educación pública, el presidente Javier Milei decidió vetar la Ley de Financiamiento Universitario. Esta medida fue oficializada mediante el Decreto 879/2024, publicado en el Boletín Oficial este jueves.

El DNU establece los principales motivos de la decisión de Milei al señalar, entre otras cosas, que el proyecto “no cuenta con previsión presupuestaria ni recursos a utilizar para su financiamiento, acarrea problemas técnicos que imposibilitan su implementación ordenada, y afecta de manera tangible los objetivos de política económica fijados por el Gobierno Nacional”.

Advierte, entre los considerandos, que la eventual “aplicación de las prescripciones del referido proyecto de ley implicaría un gasto adicional de aproximadamente $811.569.000.000 (ochocientos once mil quinientos sesenta y nueve millones de pesos)”.

Indica que “el presupuesto en ejecución de la Secretaría de Educación, dependiente del Ministerio de Capital Humano, no incluye los créditos necesarios para atender el gasto asociado al proyecto de ley sancionado”. Por esta razón, su implementación “demandaría aportes adicionales del Tesoro Nacional”.

También dice que la administración de los recursos públicos “debe ser realizada en forma responsable y conforme a los fines públicos y principios de buena administración”. Y se advirtió que el proyecto “es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.

Además argumenta que “la medida sancionada establecería un privilegio para el personal de las Universidades Nacionales respecto del resto del personal de la Administración Pública Nacional”. En este sentido, se remarca que los incrementos salariales deben resolverse a través de la negociación colectiva.

Milei y los funcionarios Guillermo Francos, Sandra Pettovello, Luis Caputo, Diana Mondino, Patricia Bullrich, Mario Lugones, Federico Sturzenegger y Mariano Cúneo Libarona firmaron el decreto en el que se cita el reglamento de la Cámara de Senadores, que establece que “todo proyecto que importe gastos incluirá en sus fundamentos la estimación de tales erogaciones e indicará la fuente de financiamiento, a fin de justificar la viabilidad del mismo”.